miércoles, 30 de marzo de 2011

SUBASTA DE BONOS

Los Bonos y Obligaciones del Estado son valores de renta fija emitidos por el Tesoro a un plazo superior a 2 años. Son una forma más de Deuda Pública en la que el inversor-ahorrador presta dinero al Estado para financiar su déficit público percibiendo una remuneración en forma de tipo de interés al final de cada año. La única diferencia existente entre los Bonos y las Obligaciones del Estado es su plazo: en el caso de los Bonos oscila entre 2 y 5 años, mientras que en las Obligaciones es superior a los 5 años. En la actualidad, el Tesoro emite:
o   Bonos a 3 años.
o   Bonos a 5 años.
o   Obligaciones a 10 años.
o   Obligaciones a 15 años.
o   Obligaciones a 30 años.

Una vez definidos estos dos tipos de valores, nos vamos a centrar en los Bonos del Estado. La contratación de estos valores es una de las inversiones más seguras en el mercado financiero, así mismo estas inversiones son muy aconsejables en periodos de inestabilidad bursátil. Pero la tranquilidad que procuran al inversor estos valores tiene como contrapartida el hecho de que la rentabilidad de los mismos es baja. Sin embargo, es preciso tener en cuenta también que se trata de una forma de inversión dirigida al largo plazo, ya que suscribe para tres o cinco años.
LA SUBASTA DE LOS BONOS DEL ESTADO
Los Bonos del Estado se emiten mediante subasta competitiva. El valor nominal mínimo que puede solicitarse en una subasta es de 1.000 euros, y las peticiones por importes superiores han de ser múltiplos de dicha cantidad. En la actualidad, los Bonos del Estado son valores emitidos al descuento, por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de los Bonos del estado y su precio de adquisición será el interés o rendimiento que han generado. El rendimiento correspondiente al precio mínimo aceptado y al precio medio ponderado de las subastas de Bonos del Estado se determinará utilizando las siguientes expresiones:

Al principio de cada año el Tesoro publica en el BOE el calendario de las subastas de Bonos, con vigencia durante todos los meses de ese año y el mes de enero del año siguiente. El calendario incluye además las fechas de petición de Bonos del Estado y desembolso. No obstante, el Tesoro se reserva la posibilidad de convocar subastas adicionales o de cancelar alguna de las subastas programadas, si lo estima conveniente.
Las peticiones de suscripción de Valores del Tesoro y Bonos del Estado pueden ser de dos tipos:  
-          Competitivas: el participante tiene que indicar qué importe nominal desea adquirir y a qué precio dese hacerlo. Las peticiones de carácter competitivo están orientadas a los inversores con un cierto conocimiento del mercado, puesto que al fijar el precio al que se desean suscribir los bonos del estado se asume el riesgo de que la petición no sea aceptada por el Tesoro. No se pueden presentar peticiones competitivas por importe inferior a 1.000 euros y las peticiones por importes superiores deben referirse a múltiplos enteros de esa cifra. Cada participante puede presentar tantas peticiones competitivas a precios distintos como desee.

-          No competitivas: sólo es preciso indicar el importe nominal que desea adquirir. El precio que se pague por lo valores será el precio medio ponderado que resulte de la subasta. Las peticiones no competitivas son las más adecuadas para el pequeño inversor en Bonos del Estado, puesto que a través de ellas éste se asegura que su petición sea aceptada, y recibir un interés en línea con el promedio resultante de la subasta. El importe nominal máximo conjunto para las peticiones no competitivas presentadas por cada postor no podrá exceder de 1.000.000 euros.

VENTAJAS E INCONVENIENTES DE CONTRATAR BONOS DEL ESTADO
VENTAJAS
INCONVENIENTES
Facilidad en su contratación.

Su rentabilidad es inferior a la que proporcionan otros productos financieros.
Se trata de un producto seguro.

Están destinados al largo plazo, entre 3 y 5 años.
Cuenta con la garantía del Estado.

Existen otros productos de la Deuda del Estado para plazos más cortos y con rentabilidad parecida.
No se necesitan conocimientos previos para su contratación.
Son productos ultradefensivos para periodos de alta inestabilidad financiera.
La mecánica para operar en ellos es muy sencilla.
Se contratan en función de las subasta.

¿CÓMO CONTRATAR BONOS DEL ESTADO?
Cualquier persona física o jurídica puede participar en las subastas de Bonos del Estado, para lo que basta con presentarse en cualquiera de las sucursales del Banco de España donde los valores adquiridos quedan registrados en una “Cuenta Directa” de Deuda del Estado. Estas cuentas son un servicio que presta la entidad actuando como una gestora más, y el inversor se beneficia de unas comisiones en general más reducidas que las aplicadas por otras gestoras, aunque renuncia también a la comodidad de mantener sus Valores del Tesoro en su intermediario financiero habitual.
La compra de los Bonos del Estado también se puede tramitar a través de cualquier intermediario financiero. Si la entidad elegida es una gestora, ésta deberá registrar los valores adquiridos en una “cuenta de terceros” y entregar al inversor el resguardo que acredite que ha realizado la correspondiente anotación en cuenta. Si se opta por un intermediario financiero que no sea entidad gestora, éste debe encargar al servicio de registro a un entidad de este tipo y será esta última la obligada a entregar el citado resguardo.
Otra de las vías por las que se puede suscribir Bonos es llamando por teléfono al servicio de suscripción de Valores del Tesoro de la Bolsa. La orden será canalizada a cualquiera de las entidades financieras asociadas al servicio, que se encargará de tramitarla. El Tesoro Público también ofrece la posibilidad de servirse de un nuevo canal de compraventa de deuda pública a través de Internet, que permite al cliente realizar gran cantidad de operaciones.
La ventaja de realizar las operaciones de compra o venta de los Bonos del Estado a través de la Bolsa es que es posible conocer de forma instantánea los precios a los que se pueden comprar o vender los Bonos del Estado en cada momento. El principal inconveniente de esta forma de contratación es que la ejecución de la operación puede demorarse unos días.  
Aquí os dejo un vídeo en el que se habla de la subasta de Bonos del Estado. En el se explica que el Tesoro colocó en 2010 sus bonos con los mayores intereses de la década.


lunes, 14 de marzo de 2011

LOS SPLITS DE ACCIONES

Un “Split” es una operación financiera que consiste en el desdoblamiento de las acciones de una empresa, es decir, la empresa multiplica su número de acciones sin alterar el capital, de manera que el valor de adquisición de las acciones resulta más barato. Su objetivo fundamental es aportar más liquidez a un valor, mejorando así los volúmenes de contratación.   
Esta operación no conlleva ningún coste para el accionista, sin embargo, tiene un fuerte efecto psicológico ya que el precio es más barato y el inversor encuentra el valor más asequible.
La decisión de llevar a cabo esta operación es voluntaria por parte de la entidad que emite las acciones, basta con comunicarlo a la Junta de accionistas y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Un Split está relacionado con el comportamiento de los precios de cotización en las Bolsas, de los títulos de la compañía. Cuando dicho precio alcanza valores considerados altos, puede resultar aconsejable desdoblar el número de acciones en circulación, manteniendo el valor total de capitalización, lo cual implica adaptar el valor nominal de cada titulo a la proporción  del incremento de las acciones.
Utilizamos un ejemplo para comprender mejor esta operación. Supongamos que un una entidad bancaria ha anunciado un split en proporción 4x1. El número actual de acciones es de 306.003.420 acciones, a un valor de cotización de 36,89€, por lo que la valoración bursátil asciende a 11.288 millones de euros.
El proceso del Split en la proporción indicada sería:
a)      Número de acciones nuevas 306.003,420 x 4 = 1.224.014 acciones.
b)      El precio nominal de la misma que actualmente es de 0,50€, se dividiría por 4, lo cual pasaría a 0,125€.   
c)      El valor bursátil, supuesto que la acción alcanza un valor proporcional en Bolsa, sería el mismo que actualmente.
Simplificando el ejemplo: consideramos que un accionista de esa entidad posee una acción a 36,89€. Realizando el Split tendrá derecho a cuatro nuevas acciones, que de mantener la citada proporcionalidad pasarían a 9,22€. En ambos casos, el valor de su cartera en acciones de dicha entidad bancaria es de 36,89€.

¿Qué objetivos se persiguen con un Split?

1)      Los accionistas que poseen acciones antes del Split, verán multiplicadas el número de las mismas, aunque su valor no experimentará variación.
2)      Los inversores interesados en entrar en es valor, tendrán más facilidades, dado que se amplía la oferta en número de los títulos.
3)      Al haber mayor oferta de títulos aparentemente “más baratos” se amplía la demanda y por ende, se produce la liquidez deseada.
4)      Al haber un mayor número de acciones en circulación se amplía la base accionarial, lo cual se constituye en barrera ante la posibilidad de una acción hostil o no deseada.   

¿Cuáles son las consecuencias de un Split?
Un Split no tiene consecuencias económico-financieras. No altera la cifra de recursos generados, no afecta a los beneficios del emisor, ni implica ningún efecto sobre el grado de endeudamiento, tampoco afecta a los derechos de los acreedores u obligacionistas que pudieran haber.


Un Split supone un mensaje explícito a los mercados financieros de que la sociedad que lo realiza  goza en esos momentos de magnificas expectativas y nuevas y buenas oportunidades. Asimismo, la experiencia ha demostrado que tras un Split, el valor bursátil de la compañía ha crecido con relación al de antes de esa operación.  
Sin embargo, las empresas pueden realizar un Split a la inversa, esto es, restringiendo el número de acciones en circulación. Este tipo de fraccionamiento tiene lugar cuando la compañía determina dar a sus acciones la imagen de títulos mejor evaluados o también puede responder al propósito de eliminar a la mínima expresión la cantidad de accionistas muy pequeños.



La moda del “Split”
A finales de los 90, cuando el Ibex-35 registró un crecimiento muy importante también se realizaron muchos splits, fenómeno que no se produjo durante los años de menor crecimiento bursátil, lo cual pone de manifiesto que esa política guarda una estrecha relación con los tiempo de bonanza económica. Por ello aquí os dejo el link de una noticia, que aunque es antigua, pone de manifiesto esta moda.

Medidas complementarias
            Debido a la gran cantidad de empresas que han decidido desdoblar el precio de las acciones, podemos hablar de medidas que favorecen al accionista.
Como sabemos, esta operación incide favorablemente en la liquidez del valor pero no afecta al precio de las acciones. Sin embargo, algunas empresas acompañan esta medida de otras como la reducción del capital, que consiste en que la propia empresa, con cargo a recursos propios, compra acciones y las amortiza (o reduce el valor nominal de las acciones abonando a los accionistas la parte correspondiente), de manera que aumenta el valor real de las acciones que quedan en circulación y también la parte del beneficio correspondiente a cada acción.
Otra medida que beneficia al accionista es realizar una ampliación de capital gratuita para el accionista (con cargo a las reservas de la Sociedad) que se denomina ampliación de capital deliberada.
En este sentido, la empresa puede adoptar una política de “mimo” al accionista, que se traduzca en reducciones de capital, ampliaciones de capital liberadas, abonos con cargo a la prima de emisión, incrementos del dividendo por acción…